CIRCULAR N ° 05/2010 JC
NIVEL SECUNDARIO
PARA: LAS DIRECCIONES DEPARTAMENTALES, SUPERVISORES DE EDUCACION SECUNDARIA, DIRECTIVOS Y DOCENTES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
FECHA: 29 de marzo de 2010
ASUNTO: ANALÍTICO DEFINITIVO “EN LÍNEA” INSCRIPCIÓN 2007/2008
En virtud que
- Que las Direcciones Departamentales de Escuelas al recibir la presente Circular deberán publicar en los medios de comunicación de su Departamento, que los ANALÍTICOS DEFINITIVOS estarán en línea en la página WEB del Consejo General de Educación para consulta y reclamo, desde el 7 al 9 de abril inclusive.
- Que el período para los reclamos será de tres (03) días hábiles a partir del 7 de Abril del corriente año. (Decreto 2521/95 – Art. 153).
- Que quienes consideren necesario realizar reclamos en el analítico definitivo deberán efectuarlos en línea, siempre y cuando hayan reclamado en el analítico provisorio, como así también quienes solicitaron su Credencial de Puntaje por Resolución Nº 3929/05 y Resolución Nº 635/08 (Circular Nº 9).
- Que en esta instancia se podrá realizar un solo reclamo.
- Que transcurrido el tiempo consignado el docente podrá consultar su analítico pero no efectuar reclamos.
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